La tarifa plana, actualmente denominada cuota reducida, puede solicitarse cuando inicias una actividad por cuenta propia y cumples los requisitos exigidos por la Seguridad Social.
Con carácter general, suele estar pensada para nuevas altas en el RETA o para personas que no hayan estado de alta como autónomas en los últimos años. También es importante no tener deudas pendientes con la Seguridad Social y solicitar la bonificación al tramitar el alta.
Como el importe y las condiciones pueden variar, antes de darte de alta conviene revisar tu situación concreta: alta inicial, altas anteriores, pluriactividad, autónomo societario, discapacidad, maternidad u otros supuestos especiales.